Nuestro Socio Director de Antonio Almendros Abogados, Antonio Almendros, analiza en profundidad la reforma de la Ley Concursal en el diario Confilegal. Como afirma en primer lugar, el cambio tiene el propósito de que España posea un sistema concursal eficaz y eficiente, como en países de nuestro entorno.
La gran novedad de esta última reforma es la instauración de un nuevo sistema preconcursal, afirma Almendros. Esta herramienta tiene como objetivo resolver las posibles crisis que afronten empresas viables con problemas de insolvencia.
Otra de las características de la reforma es que el nuevo derecho preconcursal es un sistema desjudicializado. La intervención de los jueces de lo mercantil pasa a ser mínima, ya que no existe un procedimiento de Plan de Reestructuración. El nuevo derecho preconcursal se mueve a un marco jurídico más flexible con estos cambios.
Los jueces de lo Mercantil en la reforma de la Ley Concursal
Ahora, el papel de los jueces de lo Mercantil está limitado a homologar el Plan de Reestructuración que haya solicitado el deudor o los acreedores afectados por la situación.
Uno de los aspectos de la reforma de la ley Concursal que ha generado tensiones ha sido el de la designación y nombramiento del Experto en Reestructuraciones. Ahora es designado por las partes (deudor y acreedor afectado) y nombrado formalmente por el juez de lo Mercantil. «Cabría preguntarse si es acertado y oportuno», asevera Almendros. Por el momento, lo que ha quedado demostrado es que el sistema para designar de la administración concursal ha dado buenos resultados. «Quizá hubiera sido oportuno replicarlo en el sistema preconcursal», añade Almendros. De esta manera se aseguraría que el experto en cuestión para las Reestructuraciones fuera imparcial y objetivo. Para el futuro, Almendros espera que el nuevo sistema de designación no obligue a los jueces de lo Mercantil a ser, de nuevo, héroes por accidente.
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