El concurso de acreedores: una herramienta útil para obtener la protección de la Justicia
Por mi experiencia como abogado experto en reestructuraciones e insolvencias se bien que los concursos de acreedores son procedimientos muy útiles, sobre todo si consideramos que se solicitan en unas situaciones especialmente delicadas y hasta angustiosas. Porque a nadie le agrada encontrarse en una situación límite en la cual se acumulan las deudas y los ingresos no responden como se esperaba.
Y entonces, acudimos al concurso de acreedores con la esperanza de que la Justicia intervenga en nuestra ayuda, para darnos un balón de oxígeno y hasta una monitorización legal que nos permita reflotar nuestras finanzas y afrontar esas deudas, pero muy a menudo se termina liquidando el patrimonio y los activos de la empresa y no se consigue el objetivo. ¿Por qué?
Principales razones por las que fracasa un concurso de acreedores
Las razones son diversas: profesionales no muy cualificados o eficientes, lentitud e ineficiencia en el procedimiento o el solicitarlo cuando ya es demasiado tarde. Éstas son las principales razones por las que una sociedad acaba en liquidación.
El 90% de las empresas que solicitan el concurso de acreedores en España van a la liquidación. Una cifra no muy esperanzadora que origina esa reputación tan mala que tiene un procedimiento que fue ideado para dar protección a los deudores y salvar, a ser posible, la empresa con sus puestos de trabajo y su actividad. En especial para salvar las posibles tensiones financieras que podemos sufrir los emprendedores y gestores de empresas.
Como en tantas cosas, sin embargo, la media europea es de un 50% de compañías declaradas como insolventes que salvan la situación. En nuestra opinión, como es lógico, esto se debe a una serie de ineficiencias que arrastra este procedimiento y que impiden muchas veces su buen término. Pero en todo caso es importante que nos cubramos las espaldas y garantizamos el mejor final posible del procedimiento con la ayuda de un despacho de abogados concursales experto.
5 factores que explican el fracaso del concurso y la liquidación del deudor
1. Profesionales poco experimentados
¿Cuántos administradores concursales hay en España? Ni siquiera se sabe con certeza, aunque su número podría llegar a 15.000 profesionales, que constan en las listas a las que acuden los jueces para designar a un administrador en un procedimiento concreto. Pero la falta de recurrencia en estos profesionales les hacen poco experimentados, porque no se ha dado el caso de ningún profesional que haya administrado más de 50 concursos de acreedores y sólo una veintena han administrado más de 20 concursos. Pero eso no es lo más desolador, sino que más de la mitad de estos potenciales administradores concursales no han intervenido en ningún concurso o sólo lo han hecho una vez.
Por lo tanto, la falta de profesionalización y de experiencia en los administradores concursales es uno de los principales motivos para que este procedimiento se vea lastrado. Y no hay visos inmediatos de que esto pueda cambiar en un corto plazo, por lo que se hace más que obligado acudir al procedimiento de la mano de expertos en Derecho Concursal.
2. Lentitud en el procedimiento.
Es uno de los principales defectos que lastran a la Justicia, en especial por su obsolescencia en el aspecto de los avisos a las partes, porque en un concurso de acreedores se efectúan demasiadas notificaciones. Pero este espíritu garantista produce un retraso exagerado en los plazos y estamos hablando de empresas que necesitan ayuda y pronto. Por lo tanto, esta lentitud en el procedimiento sólo consigue que los problemas financieros se agraven y se comprometa aún más la situación de la empresa.
Para muestra, un botón: un convenio, si la cosa va bien, se puede retrasar como poco un año, y una liquidación se nos puede ir a 2 o 3 años. Y es que los juzgados de lo Mercantil están saturados, sobre todo ante la avalancha de casos, los confinamientos y la complejidad de los concursos de empresas de gran tamaño, como el reciente caso de Dentix. ¿Qué os parece el panorama?
3. Obstáculos a las empresas en concurso
Es otra incongruencia total: cuando una empresa se acoge al procedimiento del concurso, precisamente porque se encuentra en dificultades, de forma automática queda excluida de subvenciones y de ser susceptible de ser contratada por las administraciones públicas. Por lo tanto, la empresa concursada queda en una situación de agravio comparativo absoluto que sólo acelera su fin en la liquidación.
Además, por si fuera poco, el propio marco regulatorio de los concursos de acreedores resulta de lo más inestable, sobre todo, si consideramos el número récord de veces que se ha modificado esta ley. Y no hablamos sólo de los cambios que hemos vivido en 2020 a consecuencia de la crisis sanitaria, sino que ya en 2014 hubo modificaciones con menos de un mes de diferencia entre ellas. Y el resultado es una gran incertidumbre en cuanto a la tan necesaria seguridad jurídica.
Debido a tantos impedimentos, para obtener el mejor resultado posible en nuestro procedimiento concursal, lo mejor será que acudamos cuanto antes a los mejores expertos en Reestructuraciones e Insolvencias.
El alto índice de liquidaciones de empresas en España, que suponen el fracaso absoluto del procedimiento en nuestro país, se basa en la baja eficiencia de los entes públicos involucrados pero también en la propia actitud de muchos empresarios y gestores. Porque si ya la Justicia es lenta y encima nosotros tardamos en acudir a ella, en busca del deseado amparo, es de lógica que los plazos se van a dilatar muchísimo y la empresa va a sufrir las consecuencias. Y es que es una tónica habitual que dichos gestores agoten los plazos legales hasta el límite legal, que sí suelen evitar, para no resultar calificados como responsables de un concurso culpable.
Además, de todas formas, la propia situación que aboca a los deudores a solicitar el concurso exige de cierta urgencia, por la situación financiera, así que no conviene empeorarlo con nuestra propia actitud como gestores. Y una decisión que no deberíamos postergar ni despreciar, en este sentido, es contar con el asesoramiento de nuestro abogado experto en Derecho Mercanti
5. Excesivas prebendas de la Administración Pública
Como todo el mundo sabe y critica, porque no está claro que sea muy justo, la Administración es la primera en cobrar y, además, para más privilegio, cuando una empresa concursada se acoge al 5 bis o preconcurso no se paralizarían los embargos por parte de entes públicos. Por lo tanto, como suele decirse, en caso de concurso se diría que la Administración nos echa una mano, sí, pero al cuello, por lo que nos interesa mucho asesorarnos cuanto antes con los mejores abogados concursales.